lunes, 24 de agosto de 2020

Inversiones digitales, cetes, acciones y bitcoin (introducción básica y aspectos fiscales)

 


Inversiones Digitales

En primer lugar es importante recordar la frase Warren Buffett que dice "El riesgo viene de no saber lo que se está haciendo", es decir, resulta de importancia para las inversiones y cualquier negocio en general el capacitarse, informarse y practicar los temas, de esta manera al conocer de determinada materia se reducen los riesgos inherentes prácticamente sobre cualquier cosa y más en las inversiones, en las que a mayores retornos o rendimientos mayores riesgos se corre de perder.

Ahorro Primero!!!
¿Por qué pagarle primero a alguien más? R.- ¡Págate a ti mismo primero!

El ahorro debe ser cuando menos del 10% de TODOS tus ingresos, por lo que no existe límite, puedes ahorrar 15%, 20% o hasta 50% si es posible, pero ¿cuánto?. Lo más recomendable es que tengas una línea de vida o de aire de cuando menos el monto de 6 meses de ingresos con los que vives, es decir, que si vives por decir algo, con $5,000.00 pesos mensuales, tu ahorro debe ser de cuando menos de $30,000.00, el cual no se debe tocar por nada, en efectivo de preferencia o en una cuenta bancaria en líquido o con disponibilidad diaria. Éste ahorro es para cualquier imprevisto como por ejemplo si uno se queda sin trabajo, si la empresa o negocio quiebra como ha ocurrido mucho con motivo del covid-19. Sin embargo el tener este dinero en efectivo cuenta con sus riesgo como el deterioro o posible robo, por lo que muchos prefieren recientemente en mantener el dinero en el banco, sin embargo en ambos casos el dinero pierde su valor adquisitivo por la inflación, una forma de observar este efecto es con el índice nacional de precios al consumidor que al referido actualmente obtuve los siguientes datos:

Como se puede observar, en los último 20 años el dinero mexicano ha perdido más de la mitad su valor y para recuperarse sería necesario que nuestra moneda se aprecie más del 100% para llegar al valor que tenía en el 2000, por lo que al analizar la información se puede concluir que los recursos monetarios pierden valor todos los días. De ahí que me dí a la tarea de encontrar alternativas para contrarrestar este efecto y ¿por qué no? ganar dinero en el intento.

I.- Bajo Riesgo. Cetes, Bonos, Bondes, Udibonos y Bondía. Éstos instrumentos de inversión son prácticamente deuda gubernamental de corto, mediano y largo plazo dependiendo del plazo, se pueden obtener en la plataforma de https://www.cetesdirecto.com/ sin comisiones de ningún tipo, abres tu cuenta desde internet simplemente con agregar tus datos personales y documentación que te pida, mediante un contrato exprés con límite de 3000 udis mensuales ($19,290.00 pesos al 24/08/2020) pero mediante la opción de domiciliación tiene un límite de $3,000.00 pesos semanales lo que da como resultado aproximadamente $12,000.00 al mes y para llegar al monto de los $19mil pesos tendrás que hacer transferencias spei adicionales a tu cuenta, por lo que si quieres aumentar estos límites tienes que firmar tu contrato mediante la firma electrónica del SAT, teniendo también un máximo de hasta $10,000,000.00 pesos (diez millones). Esta plataforma brinda seguridad ya que se asocia la cuenta bancaria que registraste y solo si está a tu nombre, por lo que es prácticamente imposible que otra persona trate de sacar los recursos que tengas en cetes directo, además que es administrada por Nacional Financiera.

Los bonos y cetes se consideran instrumentos de deuda  y los rendimientos que pagan se consideran para efectos fiscales como intereses, por lo que la institución retiene el 1.45% sobre el capital invertido como pago provisional(el llamado impuesto al ahorro), asimismo, cada año emitirá constancia con los montos intereses pagados y las retenciones para efecto de presentar la declaración anual, por lo que prácticamente estos datos ya estarán precargados en la plataforma del SAT y muy probablemente se obtenga una devolución de impuestos a causa de que el impuesto sobre los intereses se paga únicamente respecto a los intereses reales.

Asimismo, es importante señalar que si únicamente obtienes ingresos por este concepto de intereses no tienes obligaciones de presentar tu declaración anual y las retenciones realizadas por la institución se consideraran como definitivas de acuerdo con el artículo 135 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) vigente (2020). De acuerdo con el artículo 150 de la LISR, tampoco se tendrá obligaciones de presentar declaración anual si obtienes ingresos por salarios e intereses cuya suma no exceda de $400,000.00, siempre que los ingresos por concepto de intereses reales no excedan de $100,000.00.

II.- Mediano Riesgo. Acciones nacionales e internacionales, etfs y fondos que cotizan en bolsa de valores. Éstos son títulos de capital y, en el caso de los etfs y fondos, siempre que estén referidos a índices, acciones u otros títulos de capital. Gracias a la tecnología, cualquier persona puede invertir en acciones que cotizan en bolsa a través de brokers o casas de bolsa completamente por internet con montos de inversión mínimos. En México he encontrado las plataformas Kuspit y GBMhomebroker, ambas casas de bolsa autorizadas y reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Ambas cuentas pueden ser abiertas desde internet sin acudir físicamente a ninguna sucursal y fondear las cuentas mediante transferencia y así comenzar a invertir en las empresas que amas o sólidas como apple, microsoft, cemex, bimbo, lala, entre muchas otras.

Les dejo algunas características que he encontrado de éstas plataformas:

Kuspit:

-Monto inicial $100 pesos (real).

-Comisión fija de 0.40%/operación

-Comisión de 0.99% anual/Valor Portafolio

-Gráficas e información de acciones

-Web/APP

-Cuenta Virtual de Aprendizaje

-Nombre: Kuspit Casa de Bolsa, S.A. de C.V. Casa de Bolsa


En el caso de Kuspit, su gran ventaja es que puedes abrir una cuenta sin ingresar ninguna cantidad de dinero y en primer lugar tienes una sección de aprendizaje con información útil para iniciarse en el mundo bursatil y financiero, incluso tiene una cuenta virtual con un millón de pesos para aprender a comprar y vender acciones. Las desventajas es que su comisión es alta en comparación a otras alternativas además de la comisión anual y la plataforma no es muy amigable ni estable, tanto en web como en app para celular.


Link: https://www.kuspit.com/


GBMHomebroker:


-Monto inicial $1000 pesos
-Comisión desde 0.25%/operación
-Sin comisiones mensuales/anuales
-Herramientas de análisis y gráficas
-Operaciones avanzadas
-Web/APP
-Nombre: Grupo Bursátil Mexicano, S.A. de C.V., Casa de Bolsa


Esta plataforma es bastante amigable y estable, la comisión es competitiva, desde 0.25% por operación y baja dicha comisión si operas arriba de un millón de pesos, cuenta con gráficas y operaciones avanzadas de compra y venta de acciones, La desventaja es que no dispone de una cuenta virtual para practicar, sin embargo en sus blogs cuenta con varios tutoriales, información valiosa de inversiones y talleres.


Aspectos fiscales: Dependiendo del título puede ser de capital o de deuda, sin embargo principalmente las acciones son de capital, por lo que a la compra y venta se genera una ganancia o pérdida acumulable derivado de dicha enajenación. Dichas operaciones las deberá registrar la institución o intermediario bursátil y expedir una constancia anual con los cálculos a fin de que la persona inversor presente su declaración anual y en su caso pague el impuesto sobre la renta que le corresponda, por lo que dicha información ya debe venir precargada en el portal del SAT al presentar la anual, debiendo asegurarse de que los datos coincidan con la constancia de la plataforma. Cabe mencionar que este impuesto corresponde a 10% sobre la ganancia generada en el año por estas actividades, de acuerdo con el artículo 129 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, por lo que si (1)no vendiste, (2)solo generaste pérdidas, o (3)tus pérdidas superan a las ganancias derivado de la enajenación de acciones en el año, no tendrás que pagar impuesto alguno pero sí de presentar tu declaración anual, máxime si cuentas con otros ingresos como los derivados de actividades empresariales, profesionales o por salarios.


III.- Alto Riesgo. Bitcoin y Criptomonedas.- Bitcoin fue creado en el 2008, como proyecto de código abierto y red peer-to-peer que se utiliza como criptomoneda, sistema de pago y mercancía, toda bajo la tecnología de la Blockchain o «cadena de bloques», la cual se suele describir como un libro contable digital, distribuido y a prueba de manipulaciones, en el que queda reflejado de forma permanente y verificable el histórico de todas las transacciones. Se caracteriza por ser un sistema descentralizado, no respaldado ni controlado por ningún gobierno o banco central y sus transacciones no necesitan de intermediarios centralizados.


Actualmente existen otros protocolos y miles de criptomonedas como el Ethereum, y son utilizadas principalmente como reservas de valor y para hacer trading al estilo de las bolsas de valores.


Las criptomonedas se pueden comercializar y obtener a través de plataformas llamadas exchange, en México existen plataformas como Bitso y Mexo, aunque la más importante a nivel internacional es Binance con sede en Malta.


Como las anteriores formas de inversión, puedes abrir una cuenta desde internet y comenzar a invertir con mínimos requisito y poco dinero, con la advertencia de que el mercado de las criptomonedas es super volátil por lo que para comenzar es importante hacerlo con discreción y solo el dinero que estés dispuesto a perder, posteriormente a través de la práctica y experiencia aumentar tu riesgo con sumas mayores de dinero. Asimismo, es importante comentar que no existe regulación fiscal en México respecto a las criptormonedas o activos virtuales como se le denominó en la Ley para regular las instituciones de tecnología financiera (Ley Fintech) por lo que si decides manejar cantidades importantes de dinero es recomendable consultar con un contador para tener la mejor estrategia y disminuir los riesgos asociados, no obstante, estas actividades en México se consideran como actividades vulnerables y por ende se encuentran supervisadas de acuerdo con la Ley Federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita (Ley antilavado de dinero) por lo cual, las instituciones o exchange que operen (cuando menos en México) con activos virtuales, deberán identificar  y emitir los avisos sobre las operaciones de sus clientes a la Secretaría de Hacienda cuando las operaciones de compra y venta superen las 645 umas ($56,037.60 pesos)(2020), esto puede ser en una sola operación o sumados de montos inferiores en un periodo de seis meses. Resulta oportuno hacer la aclaración de que si la plataforma no realiza el aviso a la Secretaría de Hacienda esto no implica que no se deba pagar impuestos, ya que la ley refiere a la obligación de pagar el impuesto sobre la totalidad de sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza, y por el contrario, si la plataforma hace el aviso a la secretaría de acuerdo a la ley antilavado, esto no implica por ese simple hecho de que la autoridad te deba requerir de pago o realizar una visita, pues el aviso es para efecto precisamente de la ley antilavado, es decir, perseguir delitos, aunque es ampliamente reconocido que sí incrementa el riesgo de ser fiscalizado.


Plataformas Exchange:


Bitso:


Empresa Mexicana

Montos en pesos mexicanos/pesos argentinos/dólares

Comisión desde 0.65%/operación

Criptomonedas/Pares limitadas

Bajo volumen de operación

Web/APP

https://bitso.com/?ref=dbis


Mexo:


Empresa Mexicana

Montos en pesos mexicanos y dólares

Comisión desde 0.095%/operación

Criptomonedas/Pares

Mediano volumen de operación

Excelentes gráficas (tradingview)

Contratos

Web/APP

https://www.mexo.io/register/oBFQWl


Binance:


Internacional (sede Malta)

Montos en Dólares/otras

Comisión desde 0.1%/operación

Gran catálogo de Criptomonedas/Pares

Contratos

Gran volumen de operación

Web/APP

https://www.binance.com/es/register?ref=48201872

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